¿Cuándo prescriben las multas de tránsito?

Una de las dudas más frecuentes entre los conductores en Colombia es saber cuándo expira la obligación de pagar una infracción de tránsito. En este artículo te explicamos, bajo la normativa vigente y los conceptos unificados del Ministerio de Transporte, el tiempo exacto en que prescriben las multas y cómo calcularlo.

Contenido del Artículo

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1. Diferencia entre Caducidad y Prescripción

Antes de hablar de tiempos, es fundamental no confundir estos dos términos legales contemplados en el Código Nacional de Tránsito (Ley 769 de 2002):

  • Caducidad (1 año): Es el tiempo que tiene la autoridad de tránsito para citarte, realizar la audiencia e imponerte formalmente la sanción (multa) desde el día en que se cometió la presunta infracción. Si pasa un año y no hay resolución sancionatoria, el comparendo caduca.
  • Prescripción (3 años): Es el término que tiene la entidad para cobrarte el dinero una vez la multa ya está en firme mediante una resolución.

2. ¿Cuánto tiempo tarda en prescribir una multa de tránsito?

De acuerdo con el artículo 159 de la Ley 769 de 2002 (modificado por el Decreto 019 de 2012), las sanciones impuestas por infracciones a las normas de tránsito prescriben en tres (3) años contados a partir de la ocurrencia del hecho o de la firmeza de la sanción.

Nota importante: La ley establece que la prescripción debe ser declarada de oficio por la autoridad de tránsito. Esto significa que la entidad debería borrarla del sistema sin que tú lo pidas, aunque en la práctica muchas veces toca radicar una solicitud.

3. La interrupción por Mandamiento de Pago (Cobro Coactivo)

Aquí es donde radica la mayor confusión en Colombia. Si la Secretaría de Tránsito inicia un proceso de cobro coactivo emitiendo un Mandamiento de Pago antes de que se cumplan los primeros 3 años, el tiempo transcurrido se borra y el conteo vuelve a empezar.

El Ministerio de Transporte ha ratificado en sus conceptos unificados que, una vez notificado el mandamiento de pago, el término vuelve a ser de tres (3) años y no de cinco (5) como argumentan erróneamente algunos tránsitos municipales basándose de forma equivocada en el Estatuto Tributario.

4. Calculadora de Prescripción de Multas en Colombia

Ingresa los datos de tu infracción para estimar el estado de tu multa de tránsito:

5. ¿Cómo solicitar la prescripción de una multa?

Si al verificar en el SIMIT o en la página del tránsito local constatas que tu multa cumple con los tiempos descritos arriba y sigue apareciendo activa, debes radicar un Derecho de Petición ante la respectiva Secretaría de Tránsito invocando la pérdida de fuerza de ejecutoria del acto administrativo y solicitando la declaración de la prescripción de oficio según el Artículo 159 del Código Nacional de Tránsito. La entidad dispondrá de 15 días hábiles para darte respuesta.